Protegemos los derechos a la salud ante demoras, negativas o incumplimientos de su obra social o prepaga.
En caso de negativa de una cobertura, falta de respuesta o rechazo de alguna prestación por parte de la obra social o prepaga, procede la Acción de Amparo de Salud, que es la vía más rápida para obligar a la empresa prestadora a cumplir de manera inmediata con su obligación, otorgando la cobertura requerida por el afiliado.
Al iniciar la demanda, se solicita como medida cautelar, la cobertura inmediata de la prestación solicitada.
Al recibir la demanda, el juez puede hacer lugar de forma inmediata a dicha medida cautelar, o solicitar un informe a la demandada para que explique las causas del incumplimiento, luego de lo cual podrá otorgar la medida cautelar o directamente disponerse al dictado de la sentencia cuando no existen otras pruebas más que la documentación acompañada.
La acción de Amparo puede durar de 4 a 12 meses aproximadamente, aunque las medidas cautelares en casos de extrema urgencia se resuelven en 48hs de iniciado el proceso.
Contacte con nosotros y reciba el asesoramiento más adecuado de acuerdo a su situación.
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